Preguntas Frecuentes

Para inscribirse al Programa de Nutrición de CDA, los proveedores pueden llamar a la oficina de Nutrición de CDA o completar el formulario en nuestro sitio web. Nuestro amable personal de oficina verificará si en este momento estamos completando inscripciones en su área, y programará una cita de entrenamiento a una hora que sea conveniente para usted. Además de los horarios regulares de oficina, también tenemos disponibles para su conveniencia, citas a primera hora de la tarde y los Sábados por la mañana.

Para participar en el Programa de Nutrición de CDA, (CACFP, por sus siglas en inglés), los proveedores deben tener licencia o estar registrados en TrustLine. Los proveedores también deben estar de acuerdo en seguir las regulaciones y requisitos Federales y Estatales para el Programa de Alimentación para el Cuidado de Niños y Adultos (CACFP, por sus siglas en inglés). ¿No tiene licencia? Oprima aquí para obtener más información.

CDA brinda sus servicios a proveedores en 6 condados del Sur de California. Si usted vive en el Condado de San Diego, Condado de Imperial, Condado de Orange, Condado de Riverside, Condado Sur de San Bernardino o ciertas áreas del Condado de Los Ángeles, es posible que podamos brindarle nuestros servicios. Por favor, póngase en contacto con nuestra oficina, para ver si actualmente estamos programando nuevas inscripciones en su área.

No, todos los proveedores con licencia y TrustLine son elegibles para participar, independientemente de sus ingresos y ubicación. Los proveedores reciben un reembolso por las comidas en función de su nivel de ingresos. La estructura de reembolso permite un mayor reembolso a los proveedores ubicados en zonas de bajos ingresos, y también a los proveedores y niños de hogares con bajos ingresos.

Los proveedores que se inscriban en el Programa de Nutrición de CDA deberán presentar una copia de su licencia y completar el papeleo de la nueva inscripción, así como la solicitud del programa. Los formularios de inscripción también deben ser completados y enviados dentro de 5 días para todos los niños nuevos o que están actualmente inscritos.

Sí, por favor vaya a nuestro Centro de Recursos para ver los formularios disponibles. Si el formulario que está buscando no se encuentra en el Centro de Recursos, por favor llame a la Oficina de Nutrición, y con mucho gusto le ayudaremos.

Su Representante de Servicios de Campo, también conocido como su Monitora, es su guía personal del Programa de Nutrición de CDA. Ellos están aquí para ayudarle a responder cualquier pregunta que usted pueda tener y proporcionarle entrenamiento personalizado y apoyo durante todo el año. Su Representante de Servicios de Campo completará visitas con usted por lo menos 3 veces al año para ver cómo se está desempeñando en nuestro programa, y ofrecerle cualquier asistencia que pueda necesitar.

El costo de los alimentos esta más alto que nunca, y participando en el CACFP puede ayudarle a reducir el costo operativo de su espacio de cuidado infantil o reducir el costo a los padres, mientras provee a los niños con comidas y meriendas saludables. Además, cuando a los niños se les sirven comidas del CACFP tienen la oportunidad de experimentar alimentos a los que tal vez en casa no estén acostumbrados, y los niños aprenden viendo a sus compañeros comer alimentos diferentes.

Sí, los proveedores reciben reembolsos por alimentar a infantes, ya sea con leche de fórmula o con leche materna. Si desea más información sobre la solicitud de reembolso por infantes, consulte el apartado 4 de nuestro Manual para Proveedores.

Sí. Una vez que inscriba a los niños eventuales y de tiempo parcial, reclámelos cuando estén presentes y recibirá el reembolso.

TrustLine es un registro de California para proveedores de cuidado infantil en el hogar, que han pasado una investigación de antecedentes y están autorizados para cuidar niños. Fue creada por la Legislatura de California en 1987 y es un recurso poderoso para padres que desean contratar un cuidador. Todo cuidador registrado con TrustLine ha sido autorizado por medio de una revisión de huellas digitales con el Departamento de Justicia de California.

Las tarifas de reembolso se basan de acuerdo a los límites de escuela en la cual vive el proveedor. Si la escuela se encuentra en un área en donde menos del 50% de los estudiantes son elegibles para recibir comidas gratuitas o a precio reducido, entonces el proveedor recibirá la tarifa baja o sea “Tarifa II”. Si el porcentaje de estudiantes que son elegibles para recibir comidas gratuitas o a precio reducido es mayor al 50%, entonces el proveedor recibirá la tarifa alta o sea “Tarifa I” por las comidas que haya servido en su hogar. El proveedor también puede calificar para la Tarifa I si presenta una solicitud de ingresos y su ingreso personal es menor del nivel establecido por el Estado. Niños que cumplen con los requisitos de elegibilidad de acuerdo a ingresos pueden calificar individualmente para reembolso de Tarifa I.

Los proveedores son reembolsados de acuerdo a tarifas establecidas por el Departamento de Agricultura de los Estados Unidos (USDA por sus siglas en inglés) hasta por tres comidas (dos comidas principales y una merienda o dos meriendas y una comida principal) por día por niño por comidas que cumplan con los estándares de nutrición del USDA. Los proveedores mantienen un registro de los niños y las comidas que sirvieron durante el mes utilizando un programa de computadora sin costo alguno proporcionado por CDA. Al final de cada mes el proveedor envía su información a CDA con solo apretar un botón.

No, solamente proveedores de cuidado infantil con licencia o registrados en TrustLine pueden inscribirse en el programa.

Los proveedores pueden ser reembolsados por comidas servidas a sus propios niños únicamente si califican de acuerdo a su ingreso y cuando por lo menos un niño de guardería no-residente está presente y reclama la misma comida.

Si un niño con alergias a los alimentos se encuentra a su cuidado, llame a la Oficina de Nutrición de CDA para que lo orienten. Si es necesario, le proporcionaremos los formularios requeridos. Para más información sobre las Declaraciones Médicas de CDA por favor refiérase a la sección 3 del Manual para Proveedores de CDA.

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